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Francisco Espinosa Maestre. “La justicia de Queipo”.
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CÁDIZ
CADIZ, 19 DE AGOSTO
El 19 de agosto de 1936 los vecinos de la calle Fernando García de Arboleya encontraron un cadáver irreconocible al salir de sus casas.
Tenía dos orificios en la nuca con salida por la cara. Alguien llamó a la Policía y al Juzgado. Al registrar en los bolsillos encontraron una tarjeta de identidad a nombre de Federico Barberán Díaz, una factura del Hotel Bellas Artes de Madrid del día 14 de julio por una semana de estancia, una foto tipo carnet en la que aparecía una mujer, varios papelitos con notas manuales de nombres y direcciones y una estampa de primera comunión del año 1929 donde se leía: «A mi hermanito en el día más feliz de mi vida». Otro documento informaba de que Barberán, natural de Algeciras, era funcionario del Instituto Provincial de Higiene y Secretario Judicial.
El cadáver fue trasladado de inmediato al cementerio para practicarle la autopsia. Paralelamente el Juez solicitó su inscripción en el Registro Civil, lo que se llevó a efecto el día 20 de agosto, constando que falleció a las siete horas del 19 a consecuencia de hemorragia bulbar traumática. Ese mismo día 20 pudo leerse en el ABC de Sevilla la noticia siguiente:
Por hacer resistencia e intentar fugarse cuando era conducido detenido a la Comisaría es muerto a tiros un peligroso extremista. Cádiz. Manifestó el Gobernador a los reporteros que el día anterior fue detenido en esta capital el secretario del partido socialista Federico Barberán, que cuando era conducido a la Comisaría de Vigilancia opuso resistencia a la fuerza que lo conducía, a la vez que intentaba fugarse, por cuya razón hubo necesidad de hacer fuego contra él, matándolo.
Esto quiere decir que, dada la intervención del Juzgado, la autoridad golpista se vio en la necesidad de justificar el asesinato de Barberán. De todas formas, tal como estaba prescrito, el Juzgado pasó inmediatamente el expediente a la autoridad militar, que el 18 de septiembre decidió cerrar las actuaciones sin declaración de responsabilidad por no aparecer persona alguna responsable.
Así hubiera quedado éste tan parco como peculiar expediente, ubicado inicialmente en otro apartado de este trabajo, de no haber accedido a la Causa 47/1936 gracias a la amabilidad del investigador gaditano Fernando Romero, causa instruida por supuesto delito de rebelión militar con motivo de los sucesos ocurridos en el Ayuntamiento de Cádiz y que veremos a continuación.
OTRAS AUTORIDADES CIVILES
Si escasa fue la resistencia habida en el Gobierno Civil, menor aún fue la ofrecida desde el Ayuntamiento. Ante la delicada situación, el gobernador Mariano Zapico decidió enviar allí en funciones de delegado a Antonio Muñoz Dueñas, militar retirado y exjefe de la Guardia Municipal. A él se unieron Rafael Madrid González, alcalde en funciones por ausencia del titular Manuel de la Pinta Leal, varios concejales y empleados, unos treinta guardias y un grupo de ciudadanos, entre los que cabría destacar al relojero comunista Francisco Rendón San Francisco, que ofrecieron su ayuda a las autoridades republicanas. En total habría unas cien personas. En las horas siguientes, y encastillados en el Ayuntamiento, pudieron observar todas las maniobras efectuadas por los golpistas y, como colofón, la llegada de los Regulares, que en dos hileras partieron en primer lugar hacia el Gobierno Civil y, poco después, hacia el propio Ayuntamiento. Cualquier disparo efectuado desde allí fue contestado de inmediato con ráfagas de ametralladora. «Hombre, no tirar que nosotros no le tiramos a ustedes», dijo un soldado a uno de los guardias municipales. Como dijo Muñoz Dueñas durante el proceso:
«Nunca pasó por mi imaginación ni agredir ni resistir a la fuerza del Ejército». El Ayuntamiento cayó sin resistencia sobre las siete horas del domingo 19 de julio, pasando a diversas prisiones todos los detenidos.
Diez días después la justicia militar inició actuaciones sobre estos hechos. Sería la Causa 47 del Juzgado Militar Permanente de la Base Naval, un tipo de investigación que no volveremos a encontrar en las demás ciudades objeto de estudio. Se abre con el informe del teniente de Infantería Antonio Romero del Castillo, jefe de las fuerzas que realizaron la operación, informe al que sigue una larga relación de declaraciones con las que se intentó dilucidar quiénes estuvieron en el Ayuntamiento, quiénes habían tenido armas y quiénes las habían utilizado. Todo ello en el tiempo récord de cuatro días. Mas no debió quedar satisfecho el Auditor Bohórquez cuando unos días después la devolvió de nuevo al Instructor, el capitán Cipriano Briz González, con objeto de que la continuase y que excluyese de ella en causa aparte a Francisco Rendón, sometido a juicio sumarísimo y fusilado unos días después. El día 14 de agosto, a petición del Instructor, el nuevo alcalde Ramón Carranza envió la relación completa de quienes componían el Ayuntamiento gaditano el 18 de julio. De sus cuarenta miembros, catorce eran de Izquierda Republicana, once del Partido Socialista, ocho de Unión Republicana, tres del Partido Comunista, dos sindicalistas y dos de derechas. Los interrogatorios realizados desde entonces a concejales, hubieran estado o no en el Ayuntamiento, mostraban claramente que lo que empezó siendo el enjuiciamiento de la rebelión militar de los detenidos del día 19 en la Plaza de la República se estaba convirtiendo en el enjuiciamiento de la corporación republicana. Un informe del 16 de agosto constata que los concejales Bernardino Jiménez del Moral (PSOE), Manuel Ruiz de los Ríos (IR) y José Miranda de Sardi (Sindicalista) ya habían desaparecido. De todos modos, fue el asesinato de Antonio Muñoz Dueñas el 16 de agosto el hecho que hizo visible a todos el camino que se iba a seguir. No faltaron en esos momentos terribles denuncias realizadas por conocidos monárquicos:
… que D. Rafael Madrid, antiguo empleado de D. Guillermo Supervielle, en unión del exdiputado a Cortes D. Guillermo Aguado de Miguel y D. Antonio Macalio, y el inquilino de la finca de D. José Serrano de la Jara, han sido los tres dirigentes de la organización electoral de Izquierda Republicana, siendo peligrosísimos los concejales Alonso Peña Hidalgo, Florentino Oitaben y Federico Barberán.
Cada uno de los concejales hubo de buscarse avales para evitar lo que parecía inminente. La mayoría de ellos, en los interrogatorios a que fueron sometidos, se vio en la necesidad de exponer justificaciones y excusas de todo tipo; otros nada pudieron hacer. El 18 de agosto el viejo Carranza comunicaba como alcalde al Instructor que el concejal Juan Camerino Benítez, «según noticias, ha fallecido». Y sólo unas horas después aparecía arrojado en una calle y con dos tiros en la nuca el concejal socialista Federico Barberán Díaz. El asesinato de estos concejales coexistió con la muerte de otras personas detenidas en las mismas circunstancias, caso de alguno de los paisanos detenidos en el Ayuntamiento o en sus alrededores como Rufino Pichaco García, secretario de las Juventudes Socialistas de Cádiz. Otro que se vio en grave situación fue el jefe de la Guardia Municipal, Manuel Baras Artés, acusado de obedecer a las autoridades legales y de desarmar a varios guardias. Un oficio municipal de 11 de agosto informa de que otros dos concejales más, Santiago Fernández Peculo y Rogelio Milán del Río, han «fallecido».
Sumido el proceso en tediosas averiguaciones sobre el origen y destino de las armas de la Guardia Municipal y en las angustiosas declaraciones de los concejales, el día 1 de octubre la autoridad militar ordenó que todos los procedimientos que instruía el Juzgado Especial fuesen entregados al Juzgado Permanente, nombrándose entonces como nuevo Instructor al capitán Ángel Fernández Morejón. Éste siguió con los interrogatorios sin aportar novedad alguna hasta que dio la orden de busca y captura del concejal socialista y tipógrafo Antonio Periñán González, y la del concejal de Izquierda Republicana José del Corripio Rey. Éste, que ya había sido detenido y que pudo justificar entonces su presencia en el Gobierno Civil por haberse encargado de la familia del gobernador Zapico, no pudo soportar la nueva detención y se arrojó a un patio interior de la casa de su madre en la calle Columela. Herido, fue trasladado al Hospital Mora. Su futuro era incierto: el comisario Adolfo de la Calle, al servicio de los golpistas desde que salió del despacho de Zapico, lo definió a mediados de noviembre como «un caracterizado político de izquierdas». En ese momento se aportaron al proceso las abjuraciones de la masonería del concejal Corripio Rey y de Manuel Baras Artés:
[que] abjuro de la masonería y que ingreso en el seno de mi madre la Iglesia Católica de donde jamás debí separarme y en cuyos brazos quiero vivir y morir santamente (Sello de la Vicaría General del Obispado de Cádiz).
Habiendo pertenecido a la masonería de la que estaba alejado desde algunos años, declaro o juro haberme separado de ella ingresando en el seno de la Congregación Católica, y al amparo de la Santísima Virgen, para la tranquilidad de la conciencia. Castillo de Santa Catalina (Sello igual al anterior).
De nada les valdría humillarse ante la insaciable y todopoderosa Iglesia católica.
El proceso se desvaneció en aquellos días de noviembre volviendo a resurgir en los primeros días de abril de 1937, momento en que los sublevados decidieron pasar del asesinato por Bando de Guerra al asesinato por Consejo de Guerra. El nuevo Juez Instructor sería el comandante Nicolás Chacón Manrique de Lara, a quien ya vimos en la fase última de la farsa de Azcárate, Cossi y Macalio. Chacón solicitó en mayo informes sobre diecinueve de los encausados al Castillo de Santa Catalina, a la Prisión Provincial, a la Alcaldía, a la Guardia Civil, a la Policía y al Gobierno Civil. Sólo se recibieron dos respuestas útiles. La Prisión Provincial enumeró a los que no habían pasado por ella: Muñoz Dueñas, Jiménez del Moral, Barberán, Miranda de Sardi, Camerino, Oitaben y Rodríguez León, todos ellos desaparecidos. Informaba, sin embargo, de que Rafael Madrid González, José Santandreu Paleteiro y Francisco Campos Milán pasaron a la Prisión del Puerto el 16 de noviembre, Antonio Marchante Carrasco el 17, Manuel Baras Artés y José del Corripio Rey el 18, y Emilio García Rodríguez y Luis García Pérez Martel el 21. Aparte de ellos se mencionaba a Rogelio Milán del Río, conducido a otro lugar el 7 de agosto, y a Manuel Molina Ledo, trasladado al Puerto el día 26. Únicamente Antonio Benítez Utrera permaneció en la Prisión Provincial. No obstante, sólo unos días después se informó desde la Prisión del Puerto de Santa María en el sentido de que ninguno de esos detenidos se encontraba allí. Fue un oficio del Gobierno Civil de 26 de julio de 1937 el que aclaró definitivamente el asunto:
… no existe antecedente alguno que tenga relación con los individuos que al respaldo se mencionan, pero según noticias adquiridas en este Centro les fue aplicado a los mismos el Bando de Guerra (Firma ilegible del Gobernador Civil).
En los primeros días de agosto el Instructor Chacón elevó actuaciones. Su informe constataba el destino de todos los procesados desde un principio: la exclusión de Francisco Rendón —ya sancionado—, la condena a última pena de varios de los paisanos detenidos, dos listados de desaparecidos por aplicación del Bando de Guerra y la eliminación de José del Corripio por el mismo procedimiento. Sólo dos personas conservaban la vida a esas alturas.
El día 11 de noviembre el Auditor Bohórquez decidió el sobreseimiento definitivo de todo lo referente a los fallecidos. Unos días después firmó Queipo de Llano. En total habían desaparecido once concejales:
Rafael Madrid González, Bernardino Jiménez del Moral, Florentino Oitaben Corona, Manuel Ruiz de los Ríos, José Miranda de Sardi, Luis García Pérez Martel, José del Corripio Rey, Federico Barberán Díaz, Juan Camerino Benítez, Santiago Fernández Peculo, Rogelio Milán del Río.
Desconocemos la suerte que corrieron otros como Alonso Peña Hidalgo, José Sánchez del Arco o Manuel del Riego Oliva, que además de concejal era secretario particular del gobernador Mariano Zapico. Los dos últimos se hallaban presos en el barco-prisión «Miradores», uno de los lugares de muerte, a mediados de agosto de 1936. Caso aparte fue el del alcalde Manuel de la Pinta Leal, a quien el golpe militar cogió de viaje. Mas con ello sólo consiguió posponer el destino que la oligarquía gaditana le tenía preparado. Encontrándose en Córdoba en el mes de septiembre, fue identificado a la salida de una misa por un falangista y detenido. Trasladado a Cádiz fue eliminado al poco tiempo.
El caso de Federico Barberán Díaz, único de estas características encontrado hasta la fecha, ofrece una de las claves del binomio justicia militar-represión fascista.
Ello se debe al hecho inusual de disponer de la secuencia que lleva desde su detención hasta su muerte. Hemos visto más arriba cómo la justicia militar decidió cerrar el expediente abierto a consecuencia de la aparición de su cadáver sin declaración de responsabilidad por no aparecer persona alguna responsable. Se ocultó un dato fundamental: el concejal socialista Federico Barberán estuvo en poder y bajo responsabilidad de los militares sublevados desde el momento mismo de su detención en la mañana del 19 de julio. Eran los propios militares quienes debieran haber respondido sobre qué había sido de Barberán durante el mes en que permaneció bajo su control.
Resulta, pues, un caso paradigmático para desvelar el oscuro mundo de la llamada «represión incontrolada».
UNA «MONSTRUOSIDAD JURÍDICA» (CÁDIZ, 1937)
En enero de 1937, y a instancia de varios delegados del presidente de la Junta Técnica de Burgos (Diego de Ojeda, el padre Tusquets y Amezaga), la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz redactó un informe, que desconocemos, exponiendo los errores que a su parecer existían hasta ese momento en el ejercicio de la función de Orden Público en la provincia de Cádiz. Poco después se crearon los Consejos de Guerra Sumarísimos de Urgencia y quienes iban a componerlos fueron llamados a Sevilla por el Auditor militar Francisco Bohórquez Vecina. Con fecha 28 de mayo de 1937, Felipe Rodríguez Franco, fiscal de la Audiencia Provincial de Cádiz, envió una carta-informe con carácter confidencial el general Varela. Según Rodríguez Franco, el Auditor Bohórquez, «a pesar de su carácter eminentemente técnico se permitió hacerles indicaciones poco acordes con la tan deseada independencia de la función Judicial y con el espíritu y orientación que preside nuestro Movimiento». Y añadió el fiscal gaditano:
Sentó el principio de que todos los Apoderados e Interventores del Frente Popular en las llamadas elecciones de 1936, tenían que ser procesados determinándose en el acto del juicio oral, por la impresión que en el Tribunal produjese la cara de los procesados, quiénes debían ser condenados y quiénes absueltos; todos los Milicianos rojos también, como regla general, debían ser procesados y fusilados, lo cual supone a nuestro juicio un evidente desconocimiento de la realidad del problema, ya que estos Milicianos si son aprehendidos por nuestras fuerzas deben ser hechos prisioneros y tratados como tales según las leyes de la Guerra y si se presentan espontáneamente a nuestras líneas deben ser no procesados en cumplimiento de los repetidos ofrecimientos hechos por las Autoridades Militares, siempre que no hubieran cometido algún crimen; indicó el porcentaje aproximado que debía conseguirse entre las distintas penas que dictara el Consejo, y llegó a determinar, apriorísticamente, el valor de la prueba diciendo que bastaba con un solo testigo de cargo para condenar. Puestos en el trance de cometer la monstruosidad jurídica… de aplicar retroactivamente preceptos sancionadores, hubimos de considerarlas como inexistentes aquellas indicaciones, y procuramos reflejar en cuantas sentencias fuimos Vocal Ponente un criterio impecablemente jurídico. Por ello, sin duda, recibimos un oficio de la Auditoría en que se nos comunicaba haber dejado de pertenecer al Consejo por no ser ya necesarios nuestros servicios; claro es que, simultáneamente, se hizo el nombramiento a favor de otro compañero.
A continuación Rodríguez Franco lamentaba que si grave era «remover a miembros de un Tribunal de Justicia que no han cometido otro delito que aplicar la ley en toda su pureza no aceptando sugestiones de nadie peor era que se quebranten los más elementales principios del derecho». Luego, aceptando las responsabilidades que el escrito pudiera acarrearle, mencionaba varios casos concretos de aberraciones jurídicas ocurridas en Cádiz y se despedía manifestando que «si del contenido de las presentes manifestaciones pudiera derivarse el más insignificante perjuicio para la buena marcha del Movimiento Nacional, considérelas V. E. mi General, por no hechas… pero en caso contrario, y, en consideración a los fines que perseguimos, no tendría inconveniente en ratificarlas ante la Autoridad que se estime competente para resolver como mejor convenga a España». Varela contestó el 15 de junio, «dándome perfecta cuenta de todo cuanto en ella me dice, lo que pondré en conocimiento para que se haga verdadera justicia».
Ignoramos lo que hizo Varela posteriormente, pero lo que conocemos acerca de la práctica de los Consejos de Guerra Sumarísimos de Urgencia, tanto en Andalucía como en otras regiones a partir de los primeros meses de 1937, nos indica que la denuncia de Felipe Rodríguez Franco, como era previsible, no fue tenida en cuenta. Basta leer el informe de la Fiscalía del Ejército de Ocupación elaborado por el jurídico militar Felipe Acedo Colunga a fines de 1938 para saber que los hechos denunciados por el fiscal gaditano en 1937 se habían convertido en norma suprema y absoluta. Llama la atención, por otra parte, que tan legalista funcionario judicial no se planteara la ilegalidad de base, no ya del montaje judicial-militar de la segunda etapa represiva, sino de la propia sublevación y del Bando de Guerra que sirvió para acabar con la vida de tantas personas en Cádiz y en las demás provincias en que se impusieron los golpistas…”
(continuará)
[Fragmento de: Francisco Espinosa Maestre. “La justicia de Queipo”]
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